SJMer nº 1 211/2006, 15 de Diciembre de 2006, de Oviedo

PonenteJAVIER ANTON GUIJARRO
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2006
Número de Recurso374/2006

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00211/2006

Procedimiento: PIEZA INCIDENTE CONCURSAL 374 /2006

Sobre OTRAS MATERIAS CONCURSALES

De D/ña. CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES COMPROSA S.A.

Procurador/a Sr/a. JESUS VAZQUEZ TELENTI

Contra D/ña. JAMADAL S.L., ADMINISTRACION CONCURSAL CNO 417/05

Procurador/a Sr/a. IGNACIO SAL DEL RIO RUIZ

S E N T E N C I A Nº 00211/06

JUEZ QUE LA DICTA : D/Dª JAVIER ANTON GUIJARRO

Lugar : OVIEDO

Fecha : quince de diciembre de 2006

PARTE DEMANDANTE : CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES COMPROSA S.A.

Abogado : JOSE MANUEL SIMON LLANES

Procurador : JESUS VAZQUEZ TELENTI

PARTE DEMANDADA JAMADAL S.L., Y la ADMINISTRACION CONCURSAL CNO 417/05

Abogado : D. MARTIN JULIO FERRERO ALVAREZ

Procurador : IGNACIO SAL DEL RIO RUIZ, SIN PROFESIONAL ASIGNADO

OBJETO DEL JUICIO : OTRAS MATERIAS CONCURSALES

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. JESUS VAZQUEZ TELENTI, en la representación que ostenta de CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES COPROSA S.A., se interpuso demanda incidental contra la Administración Concursal de JAMADAL S.L. y contra la entidad JAMADAL S.L. en la que tras alegar los hechos y los fundamentos de derecho que estimó aplicables, en los que basa su pretensión, terminaba suplicando se dictara sentencia estimatoria de lo interesado en el suplico de la demanda, que por brevedad se da por reproducido.

SEGUNDO

Emplazadas las demandadas comparecieron en autos todas las partes, presentando escrito de contestación a la demanda dentro de plazo. Suplicando la entidad JAMADAL S.L., que se le tenga por allanada a la demanda interpuesta por la demandante, sin imposición de costas. Y suplicando, la Administración concursal, que se dicte sentencia por la se desestime íntegramente lo solicitado en el suplico de la demanda, con expresa imposición de costas a la actora.

TERCERO

Convocadas las partes para la celebración de la vista, ésta se celebro con el resultado que obra en autos.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la vista de lo actuado en el presente juicio incidental así como del contenido del informe presentado por la Administración concursal encontramos que la concursada "Jamadal, S.L." inició en su día las siguientes promociones inmobiliarias en el Ayuntamiento de Noreña: Parcela 5, promoción de 32 viviendas en la promoción denominada "Pórtico de Noreña" dentro de la parcela 5 del Proyecto de compensación de la Unidad de Ejecución del Estudio de Detalle ED-2, sita en el término municipal de Noreña; Parcela 6, promoción de 8 viviendas unifamiliares dentro de la Parcela 6 del Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución del Estudio de Detalle ED-2, sita en el término municipal de Noreña; Parcela 7, promoción de 7 viviendas unifamiliares dentro de la parcela 7 del Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución del Estudio de Detalle ED-2, sita en el término municipal de Noreña, siendo adjudicada la construcción de todas las anteriores edificaciones a la empresa "Construcciones y Promociones Coprosa, S.A.".

Consta por otra parte que a partir de mediados del año 2003, "Jamadal, S.L." procedió a transmitir a terceros sus activos inmobiliarios, y así mediante contrato privado de 17 mayo 2004 se vende a "Risco Alto Servicios Inmobiliarios, S.A." dos de las viviendas en la Urbanización Pórtico de Noreña y otras dos en Soto de Llanera. Mediante escritura pública de fecha 17 mayo 2004 Jamadal aporta una finca urbana sita en el lugar de La Estrada, Las Vegas, Corvera de Asturias, a la sociedad "Promociones y Viviendas Cantorano, S.L." a cambio de seiscientas mil participaciones de un euro de valor nominal de esta última sociedad.

Aparece igualmente que una vez iniciada la ejecución de la obra correspondiente a las promociones inmobiliarias en el Ayuntamiento de Noreña, Jamadal comenzó a incumplir sus compromisos, motivo que llevó a que ésta firmara con fecha 31 agosto 2003 un documento privado por el que reconoce adeudar a Coprosa la cantidad de 2.358.809,41 euros por las obras ya ejecutadas en las parcelas 5, 6 y 8 Noreña, reconociendo además que queda pendiente de facturar la cantidad de 1.453.456,27 euros correspondiente a la obra contratada y pendiente de ejecutar. Para el pago de dicha deuda Jamadal se compromete a entregar a Coprosa las cantidades disponibles tanto en tramo de certificación como en tramo de ventas del crédito hipotecario concedido por La Caixa Catalunya a favor de Jamadal; en cumplimiento de lo anterior Jamadal otorgó escritura pública de fecha 19 diciembre 2003 por la que cede irrevocablemente a Coprosa los importes disponibles de tales préstamos, siendo su cuantía de 1.529.913,40 euros; Jamadal concede a Coprosa como garantía de pago...

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