Resolución nº 00/2421/2005 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 19 de Abril de 2007
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Resumen
En una devolución derivada de acta de inspección procede reconocer intereses de demora a favor del contribuyente no sólo respecto de los ingresos indebidos realizados como consecuencia de la autoliquidación y del acta sino también respecto de la cantidad a devolver derivada del exceso de retenciones y pagos fraccionados sobre la cuota liquida.
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Extracto
Resolución nº 00/2421/2005 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 19 de Abril de 2007
RESOLUCIÓN:
En la Villa de Madrid, a 19 de abril de 2997 se reúne este Tribunal Económico-Administrativo Central en Sala para fallar el incidente de ejecución planteado por D. ... en representación de ..., S.A. con CIF ... y domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra el acuerdo del Jefe de la Oficina Técnica de la Oficina Nacional de Inspección, de 20 de mayo de 2005, por el que se liquida el Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 1992, en ejecución de la resolución de este TEAC de ... de 2003 recaída en el incidente de ejecución, con RG .../01, del fallo de ...-01 del mismo TEAC en la reclamación económico-administrat...Ver el contenido completo de este documento
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