Dictamen de Consejo de Estado (España) nº 4409/1996 de 27 de Febrero de 1997

Fecha27 Febrero 1997

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día de la fecha, emitió, por mayoría, el siguiente dictamen:

En cumplimiento de la Orden de V.E. de 11 de diciembre de 1996, con registro de entrada el día 16 siguiente, el Consejo de Estado ha examinado el expediente relativo a la reclamación de indemnización de daños y perjuicios deducida por ...... .

Resulta de antecedentes:

Primero.- ...... , Guardia Civil retirado, representado por el Habilitado de Clases Pasivas ...... , presentó un escrito en la Delegación del Gobierno en Sevilla el 21 de diciembre de 1995, por el que deducía una reclamación de indemnización de daños y perjuicios por los derivados de las dilaciones producidas en un expediente de inutilidad física. Exponía que el Tribunal Médico Militar de la Región Militar Sur había emitido acta el 5 de abril de 1990, en la que señalaba que el reclamante era inútil para el servicio de las armas, por padecer lesiones incluidas en el vigente Cuadro Médico de Exclusiones. El mismo Tribunal, en acta de 27 de abril de 1992, dictaminó que era apto y útil para su trabajo habitual. El interesado interpuso recurso contra dicha acta ante el Tribunal Médico Central del Ejército. El 27 de abril de 1993, el General de División Subdirector General de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil resolvió archivar sin más trámite el expediente de inutilidad física, habida cuenta del contenido del acta del Tribunal de 27 de abril de 1992; esta resolución se notificó al ahora reclamante el 4 de mayo siguiente, solicitando éste que se le diera comunicación en debida forma, con expresión de los recursos procedentes contra ella. El 7 de septiembre de 1993, el citado Subdirector de Personal dictó nueva resolución en debida forma. El Sr. Barrera presentó recurso de alzada contra dicha resolución, argumentando que el acta del Tribunal Médico Militar Regional había sido impugnada. El 28 de septiembre de 1993 se le notificó el acta del Tribunal Médico Central del Ejército en la que se le declaraba excluido total para el servicio de las armas. El 23 de enero de 1995 se publicó en el Boletín Oficial de Defensa la resolución de 12 de enero anterior por la que se declaraba el pase a la situación de retiro por inutilidad física del Guardia Civil. En consecuencia, argumenta, se ha excedido sobradamente el plazo de seis meses en la tramitación del expediente, lo que le ha producido perjuicios de índole económica, pues no comenzó a percibir la pensión...

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