Dictamen de Consejo de Estado (España) nº 4327/1996 de 13 de Febrero de 1997

Fecha13 Febrero 1997

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día de la fecha, emitió, por mayoría, el siguiente dictamen:

"En cumplimiento del oficio de V.E. de fecha 27 de noviembre de 1996, con registro de entrada el 9 de diciembre, el Consejo de Estado ha examinado el expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por ...... , de cuyos antecedentes resulta:

Primero.- ...... presentó, el 4 de enero de 1996, una reclamación previa a la vía civil ante el Servicio Valenciano de Salud por los daños y perjuicios sufridos, que evalúa en 11.000 pesetas por cada día de baja médica más la cantidad que proceda por las secuelas. Manifiesta que el 15 de enero de 1995 ingresó en el Hospital ...... para ser operada, con urgencia, de "apendicitis aguda". Permaneció en el Hospital hasta el día 18 en que fue dada de alta, según el parte médico "sin complicaciones".

Al día siguiente comenzó a sentirse mal y, a la vista de la fiebre y dolores que padecía, se presentó en la consulta del Centro de Salud ......, que le diagnosticó infección en uno de los puntos de sutura de la operación. En la siguiente cura, en el Centro de Especialidades de la calle Alboraya, los puntos infectados eran tres y, finalmente, el lunes día 23 reingresa en el Hospital ...... con toda la herida infectada.

El viernes 27 de enero, tras varias curas y un diagnostico de "proceso lento pero favorable", a la vista del estado de la paciente se practica una biopsia y una serie completa de pruebas. El domingo 29 de enero los familiares son advertidos de que en cualquier momento puede entrar en estado de "shock", pero comienza una evolución favorable que termina con el alta médica del 2 de marzo de 1995, tras 87 días de estancia hospitalaria. Pasa desde entonces a control domiciliario.

Segundo.- Se adjuntan a la reclamación varias fotografías de la infección abdominal de la interesada y los informes médicos y se propone que se practique como prueba un nuevo reconocimiento para determinar el alcance de las secuelas. En el informe de alta se hace constar como juicio clínico "apendicitis e infección postoperatoria con fracaso cardiorespiratorio". En el día de alta la enferma se encuentra "asintomática" de su padecimiento, "sepsis por infección de herida quirúrgica".

Tercero.- Con notificación a la reclamante se altera la calificación del escrito, cuya verdadera naturaleza es de reclamación de responsabilidad patrimonial. Se requiere del Hospital...

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