Dictamen de Consejo de Estado (España) nº 2995/2004 de 20 de Enero de 2005

Fecha de Resolución20 de Enero de 2005
EmisorConsejo de Estado (España)
ProcedenciaJusticia
Número de Resolución2995/2004
Tipo de ResoluciónDictamen

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día 20 de enero de 2005, emitió, por unanimidad, el siguiente dictamen:

"Por Orden de V.E. de fecha 17 de noviembre de 2004, con registro de entrada el día 24 siguiente, el Consejo de Estado ha examinado el expediente sobre responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento de la Administración de Justicia promovido por ...... .

Resulta de antecedentes:

Primero.- El día 17 de julio de 2003, ...... , actuando en nombre y representación de ...... , presentó ante el Ministerio de Justicia reclamación de responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.

Expone que la Inspección de tributos levantó a la interesada acta, contra la que se interpuso reclamación que fue desestimada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Asturias, mediante resolución de 15 de diciembre de 1996. Interpuso recurso contencioso-administrativo, solicitando la suspensión del acto recurrido, que fue acordada por la Sala previa presentación de aval bancario por importe de 669.940 pesetas. El 24 de octubre de 2001, el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias dictó sentencia estimatoria del recurso, anulando la resolución recurrida. El 15 de noviembre de 2001, firme la sentencia, se solicitó la devolución del aval prestado, pero la devolución no se produjo hasta el 7 de mayo de 2003, generando unos gastos, en dicho periodo, de 300,16 euros, importe de la indemnización que solicita.

Segundo.- Se ha incorporado al expediente testimonio de actuaciones judiciales remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Tercero.- El Consejo General del Poder Judicial ha emitido informe, en el que concluye que se ha producido un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia al haberse demorado injustificadamente la devolución del aval.

Cuarto.- En trámite de audiencia, el representante de la interesada muestra su conformidad con el informe del Consejo General del Poder Judicial.

Quinto.- El órgano instructor ha formulado propuesta de resolución estimatoria, y concluye que procede abonar a la reclamante una indemnización de 300,16 euros.

Y, en tal estado de tramitación, el expediente fue remitido al Consejo de Estado para dictamen.

El expediente tiene por objeto una reclamación de indemnización de daños y perjuicios por los que se afirman causados por el retraso de la Administración de Justicia en la devolución de un aval que la...

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