SJPI nº 1, 18 de Septiembre de 2013, de Castellón de la Plana

PonenteJOSE ANTONIO OREA MARTINEZ
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2013
Número de Recurso2/2012

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº1 DE CASTELLÓN.

JUICIO ORDINARIO 2/2012.

SENTENCIA

En Castellón a 18 de septiembre de 2013.

Vistos por D. José Antonio Orea Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de Castellón los presentes autos de JUICIO ORDINARIO sobre resolución contractual y reclamación de cantidad seguidos ante este juzgado bajo el nº 2 del año 2012 a instancia de CONCESIONES AEROPORTUARIAS SA (CONAER) representada por el procurador Dª Francisca Marquet Balmes y asistida por los letrados D. Ángel Alonso Hernández y D. Daniel Miguel Marchena Mesa contra AEROPUERTO DE CASTELLÓN SL (AEROCAS) representado por el Procurador Dª Felicidad Altaba Trilles y asistido por los letrados Dª Josefa Roselló Montserrat y D. Pedro Ten Alonso. Con interposición de DEMANDA RECONVENCIONAL en resolución de contrato.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador de la parte actora en la representación indicada y mediante escrito que por turno de reparto correspondió a este juzgado se presentó demanda de juicio ordinario en la que, en síntesis, alegaba:

  1. - AEROCAS es titular de la autorización para la construcción y explotación del Aeropuerto de Castellón en virtud de orden FOM/509/2002, de 22 de febrero, modificada por Orden FOM/735/2003, de 31 de marzo.

    AEROCAS suscribió con CONAER el contrato para la construcción y explotación del Aeropuerto de Castellón, Costa de Azahar, mediante escritura pública de 16 de diciembre de 2003. En virtud del cual CONAER se obligaba a ejecutar la obra del Aeropuerto a cambio de recibir de AEROCAS durante 47 años los derechos de explotación efectiva del Aeropuerto.

  2. - el contrato ha tenido las siguientes modificaciones:

    a.- modificación por Contrato de 14 de noviembre de 2005, elevado a público mediante escritura pública de 29 de marzo de 2006.

    b.- modificación por adenda otorgada en escritura pública de 29 de marzo de 2006.

    c.- Novación por contrato elevado a público mediante escritura pública de 23 de marzo de 2011.

  3. - se han producido una serie de circunstancias durante la construcción del Aeropuerto:

    a.- retraso en las obras.

    a.1.- la Consejería de Territorio y Medio Ambiente obtuvo una orden judicial en 2004 para la paralización de las obras alegando que no cumplían la declaración de impacto ambiental, AEROCAS acordó por Adenda de 29 de marzo de 2006 la prórroga de la obra.

    a.2.- la Dirección General de Aviación Civil ordenó la suspensión de los trabajos en octubre de 2005 por las dudas sobre el proyecto. Posteriormente se levanta la suspensión y se concede a CONAER una prórroga para la conclusión de las obras (hasta 30/4/2008).

    a.3.- el 14 de febrero de 2008 CONAER solicitó que se reconociera una segunda prórroga del periodo de construcción ante la imposibilidad técnica de concluir las obras en la fecha acordada. Ello se fundamentaba en la aparición de una serie de circunstancias sobrevenidas consistente en la falta de suministro de agua potable, falta de suministro eléctrico, ausencia de accesos rodados al Aeropuerto, otras, que no son imputables a CONAER. El 18 de febrero de 2008 AEROCAS concede la prórroga hasta 31 de enero de 2009.

    a.4.- el terreno de la pista estaba atravesado por la línea de alta tensión Benicarlo-Vall, lo que provocó obras de desvío de la misma y ocasionó la paralización de los trabajos de ejecución del Aeropuerto. AEROCAS debía ejecutar y finalizar el desvío para diciembre de 2008, en virtud de acuerdo de 22 de septiembre de 2008. En cambio las concluyó el 15 de diciembre de 2010 (con un retraso de más de 24 meses sobre la fecha comprometida).

    a.5.- CONAER entregó la obra a AEROCAS el 31 de marzo de 2011, la cual fue recibida en su totalidad. AEROCAS es la responsable de obtener la certificación del Aeropuerto ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para su puesta en funcionamiento. Se esta tramitando a fecha de la presentación de la demanda la certificación.

    El Aeropuerto debía estar construido y en operación el 1 de noviembre de 2006. Las obras se han retrasado por causas ajenas a CONAER hasta el 31 de marzo de 2011 (cuatro años y cuatro meses de retraso). Todavía no se ha obtenido por AEROCAS la autorización de puesta en operación.

    b.- nuevos requisitos técnicos. Debido al 11 S en los últimos años se requieren mayores parámetros de seguridad, con la utilización de equipos de inspección de personas y equipajes de última generación. Se han requerido actuaciones adicionales en materia de impacto medioambiental.

    c.- nuevos servicios. El RD 862/2009, atribuyó al gestor del Aeropuerto, AEROCAS, los servicios de control de tráfico aéreo que anteriormente los prestaba AENA. Para la prestación de los mismos AEROCAS ha adquirido equipos no previstos inicialmente (aeronáuticos, radio ayudas, sistemas aeroportuarios de la torre de control, servicios de meteorología; otros. AEROCAS asume como propios los servicios de meteorología, extinción de incendios y control, fauna, que no estaban en el ámbito del contrato. Surge la necesidad de incrementar el servicio de seguridad privada. Los nuevos requisitos de seguridad incrementa el coste de mantenimiento asociado.

    d.- retraso en el desembolso del préstamo participativo. AEROCAS se obligó a conceder a CONAER un préstamo participativo por importe de 44.000.000 €. El contrato de préstamo participativo se firmó el 4 de marzo de 2004. El préstamo se desembolsaría en proporción al grado de avance de la obra. AEROCAS se retrasó nueve meses (entre noviembre de 2009 y agosto de 2010) en el desembolso de 2.500.000 € y otros nueve meses (entre julio de 2010 y abril de 2011) en el desembolso de 1.300.000 €.

    e.- crisis económica. La crisis económica internacional ha producido el deterioro de los mercados financieros, la reducción del crédito y el incremento de los costes de financiación. Se han cancelado proyectos de inversión en infraestructuras turísticas que debían proveer de clientes al Aeropuerto.

    f.- el retraso en las obras ha supuesto un incremento de los costes de obra (4.150.950'62 € hasta el 31 de marzo de 2011); y la pérdida de ingresos de explotación (11.768.522 € previstos en el plan financiero para 2009, 2010 y 2011).

    CONAER financiaba sus actividades mediante tres fuentes: 1º aportaciones de los accionistas. 2º un préstamo bancario a largo plazo. 3º un préstamo participativo de AEROCAS cuyo desembolso debía ser simultáneo y proporcional de acuerdo con el avance de las obras. El retraso en el desembolso del préstamo participativo ha supuesto un retraso en el desembolso del préstamo a largo plazo, lo que ha supuesto unas pérdidas financieras.

    CONAER ha tenido que renegociar el contrato de préstamo a largo plazo. Los retrasos han requerido la negociación y firma de una Novación del 27 de marzo de 2009 y otra novación el 16 de marzo de 2010. Se esta pendiente de formalizar una nueva Novación. Esto ha supuesto incremento de costes de financiación. Además CONAER esta amortizando este préstamo desde marzo de 2010 sin haber obtenido ingreso alguno de la explotación. El importe de la amortización a 29 de septiembre de 2011 asciende a 1.928.880 €.

    No hay ningún operador aéreo que haya manifestado un interés serio en utilizar el Aeropuerto de Castellón. Las compañías aéreas estaban exigiendo condiciones económicas, subvenciones a las tarifas, que no permitiría la explotación rentable del Aeropuerto. No se podían preveer ingresos.

    El contrato no era económicamente viable. CONAER presentó una reclamación ante AEROCAS el 30 de diciembre de 2010 reclamando el restablecimiento del equilibrio económico y en su defecto la resolución del contrato y la indemnización de los daños causados.

  4. - Novación de 23 de marzo de 2011. La Novación incluye una modificación del régimen económico del contrato con objeto de garantizar su viabilidad. Se reconoce que AEROCAS tiene la condición de gestor de Aeropuerto debiendo cumplir nuevas obligaciones (RD 862/2009). CONAER se compromete a obtener de sus accionistas un préstamo subordinado de hasta 8.500.000 euros para financiar los gastos operativos extras (cláusula segunda de la Novación). AEROCAS reconoce que como consecuencia del retraso en el proceso de ejecución se ha producido unos sobrecostes hasta el 31 de marzo de 2011 de 4.150.950'62 € y se obliga a abonarlos en tres plazos en 2012, 2013 y 2014 (cláusula tercera de la Novación).

    Según el contrato: CONAER abonó a EROCAS un canon inicial de 2.000.000 €, y debía abonar un canon anual de 1.000.000 € (actualizado); el 2% de su EBITDA; una compensación en caso de que el tráfico superara el Tráfico Umbral; 5 euros por metro de suelo bruto en la zona de actividades comerciales (cláusula 4 modificada por Adenda de 29 de marzo de 2006, cláusula 8.C de la Adenda de 29 de marzo de 2006).

    De acuerdo con la Novación CONAER deja de abonar el canon anual; deja de abonar la compensación por Tráfico Umbral; deja de abonar el 2% del EBITDA; y deberá abonar a AEROCAS el 10% de los benéficos anuales antes de impuesto (cláusula cuarta de la Novación).

    La Novación incluye un Plan Económico Financiero (PEF) Provisional como anexo. CONAER deberá obtener de las entidades financieras de las que ha obtenido financiación la aprobación del PEF Provisional, o una versión con modificaciones, que pasaría a denominarse PEF Autorizado. En caso de que el PEF Autorizado incluyera modificaciones, debería ser aprobado también por AEROCAS (cláusula quinta de la Novación).

    Según el contrato AEROCAS debía abonar a CONAER 6 euros (actualizado) por pasajero, en concepto de garantía de Tráfico Mínimo, durante 8 años desde la puesta en operación del Aeropuerto para garantizar su viabilidad (cláusula 8.C y F de la Adenda de 29 de marzo de 2006). En la Novación se sustituye este régimen por un régimen de equilibrio cero. En virtud de este, AEROCAS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR