Resolución nº 00/1995/2006 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 10 de Julio de 2008

Enlazado como:
Abogados Fiscal

Resumen


Es procedente la aplicación del artículo 16 de la LIS (Ley 43/1995) para valorar las operaciones entre la persona física y las dos sociedades con las que está vinculada. La persona física aparece como vendedora y compradora de las materias primas y subcontrata determinados servicios con las citadas empresas, cuyos ingresos proceden prácticamente en su totalidad de los servicios prestados a la persona física. En el caso concreto, procede la aplicación del método de valoración residual del apartado c) del artículo 16 de la LIS, precio derivado de la distribución del resultado conjunto de la operación, teniendo en cuenta los riesgos asumidos, los activos implicados y las funciones desempeñadas, al no existir un mercado en la zona para la actividad del sujeto pasivo.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Resolución nº 00/1995/2006 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 10 de Julio de 2008

RESOLUCIÓN:

En la Villa de Madrid, en la fecha arriba indicada (10/07/2008) este Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, ha visto la reclamación económico-administrativa, en segunda instancia interpuesta por DON ... con domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de 31 de Marzo de 2006, en reclamación nº ... relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio 1997 por importe de 549.033,80 €.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Como consecuencia de las actuaciones inspectoras iniciadas el día 12 de Junio de 2001 con el obligado tributario Don ..., la Inspección incoó el 30 de Abril de 2003 Acta de Disconformidad A02 ... relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio 1997. En ésta se hace constar en síntesis lo siguiente:

- Se han exhibido los libros y registros exigidos por las normas del régimen de estimación aplicable al sujeto pasivo. No se han apreciado anomalías sustanciales para la exacción del tributo.

- El sujeto pasivo se encontraba dado de alta en el epígrafe ... del I.A.E "...".

- El suje...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía