Resolución nº 00/2301/2009 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 11 de Mayo de 2010
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Resumen
En el IAE, para el cálculo de la cuota de tarifa, en relación con la superficie computada para la actividad del epígrafe 661.1. "Comercio en grandes almacenes", de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto, se deben aplicar las reducciones de la Regla 14ª 1 F) de la Instrucción del Impuesto de Actividades Económicas, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
STS de 22-05-2002 Recurso de casación para unificación de doctrina núm. 678/1997 Rs.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Resolución nº 00/2301/2009 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 11 de Mayo de 2010
RESOLUCIÓN:
En la villa de Madrid, en la fecha indicada (11/05/2010) y en las reclamaciones económico-administrativas que, en segunda instancia, penden de resolución ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, en SALA, en virtud de los recursos de alzada interpuestos por D. ..., en nombre y representación de X, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional ... , de 19 de diciembre de 2008, recaídas en sus expediente números ... y ... acumulados, por el concepto Impuesto sobre Actividades Económicas.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Según consta en los antecedentes de este Tribunal X, S.A. está dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas y clasificada en el epígrafe 661.1 "Comercio en grandes almacenes" cuota municipal, de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por la actividad ejercida en ... y en la calle ..., de ... Dicha empresa venía tributando por el IAE por la totalidad de la superficie de los centros comerciales incluidas las plantas destinadas a aparcamiento de la clientela.SEGUNDO.- El día 29 de enero de 2004, la empresa interesada formuló declaración de variación de elementos tributarios, correspondiente al centro comercial sito en ... reduciendo al 55% la superficie destinada a aparcamiento cubierto y aplicando a la superficie íntegra del establecimiento así reducida la reducción general del 5%. Contra la desestimación tácita de la solicitud de variación y contra los datos de la matrícula del IAE del ejercicio 2004, anunciada su exposición pública en el BOP n° ..., el sujeto pasivo interpuso el 17 de junio de 2004 reclamación económico-administrativa nº ..., para el Tribunal Económico-Administrativo R...Ver el contenido completo de este documento
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