Resolución nº 00/514/2001 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 22 de Enero de 2004
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Resumen
Se anula la liquidacion impugnada, ya que no se ha declarado la derivación de responsabilidad conforme al artículo 37.4 de la LGT, sin que pueda suplirse su falta por la aceptación en conformidad del acta por la que consideraba responsable solidaria a la recurrente por sucesión de actividad, que no exime a la Hacienda Pública de seguir los procedimientos establecidos para la declaración de responsabilidad. Una vez derivada dicha responsabilidad es cuando la Administración debe señalar la extensión de la misma, de acuerdo con la STS de 15 de julio de 2000.
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Extracto
Resolución nº 00/514/2001 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 22 de Enero de 2004
RESOLUCIÓN: En la Villa de Madrid, a 22 de enero de 2004 en el recurso de alzada que pende de resolución ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, interpuesto por la entidad ..., S. L., y e...
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