Dictamen de Consejo de Estado (España) nº 972/2006 de 19 de Julio de 2006

Fecha de Resolución19 de Julio de 2006
EmisorConsejo de Estado (España)
ProcedenciaFomento
Número de Resolución972/2006
Tipo de ResoluciónDictamen

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día 19 de julio de 2006, emitió, por unanimidad, el siguiente dictamen:

El Consejo de Estado ha examinado el expediente instruido para sustanciar la reclamación de daños y perjuicios formulada por ...... y 7 hijos por fallecimiento en accidente con vehículo matrícula ...... , atribuido a impacto con vehículo matrícula ...... , de la Junta de Castilla y León, que se hallaba detenido en la calzada de la CN-I, p. k. 235,350, remitido por V. E. el 17 de mayo de 2006 (entrada en este Cuerpo Consultivo el 25 de mayo).

De antecedentes resulta:

Primero.- El 6 de febrero de 2002, la representación de ...... y sus hijos, ...... , ...... , ...... , ...... , ...... , ...... y ...... presentó un escrito en el que exponía que ...... , esposo y padre, respectivamente, de sus representados, había fallecido el 19 de febrero de 2001, en el p. k. 235,350 de la CN-I, cuando circulaba en su vehículo, matrícula ...... . Exponía que el Sr. ...... había colisionado con el vehículo Nissan matrícula ...... , que se encontraba estacionado ocupando parte de la calzada del carril derecho. Achacaba el accidente a la existencia de hielo en la calzada, que hizo al Sr. ...... perder el control del automóvil y colisionar con el Nissan. Pedía una indemnización.

Segundo.- La Guardia Civil informó que el accidente había sido cierto y real y que los hechos habían ocurrido de la siguiente forma: que un vehículo colisionó con la barrera protectora y una farola existente en la bifurcación de la CN-I, quedando el vehículo detenido ocupando la totalidad del carril derecho; que dos vehículos se detuvieron a auxiliar al accidentado; que uno de ellos estacionó delante del accidentado y otro, el Nissan -propiedad de la Junta de Castilla y León- en el cebreado de la bifurcación, con las luces de emergencia puestas y ocupando mínimamente el carril derecho; que el conductor del Nissan, tras comprobar que el conductor del vehículo accidentado se encontraba bien, se desplazó a pie en el sentido contrario al de la marca para situarse antes del cambio de rasante existente y así avisar con tiempo suficiente del accidente a los vehículos que circulaban por la carretera; que, entonces, desde allí, vio que el coche del Sr. ...... había colisionado con el Nissan. Añadía el atestado que la calzada se encontraba húmeda pero sin hielo y que la causa del accidente fue el exceso de velocidad a la que circulaba el vehículo.

La...

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