Instrucción nº 3/2002 de Fiscalía General del Estado, 1 de Marzo de 2002
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Instrucción 3/2002, de 1 de marzo, acerca de los actos procesales que pueden celebrarse a través de videoconferencia.
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Instrucción nº 3/2002 de Fiscalía General del Estado, 1 de Marzo de 2002
Instrucción 3/2002, de 1 de marzo de 2002, sobre actos procesales que pueden celebrarse a través de videoconferencia.
I La Instrucción 1/2002 ('Acerca de la posibilidad de celebrar juicios orales penales por videoconferencia') resuelve un caso muy concreto, motivado por la consulta efectuada por una Fiscalía. Su publicación, como refleja su epígrafe y se razona en sus primeros apartados, ha estado condicionada por el anuncio de celebración de juicios orales conforme a un formato enteramente virtual, valiéndose del sistema de videoconferencia. En los antecedentes puestos a disposición de la Fiscalía General del Estado por la Fiscalía informante, se daba cuenta de un criterio organizativo, condicionado por el si...Ver el contenido completo de este documento
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