Resolución nº 548/02, de Julio 4, 2003, de Tribunal de Defensa de la Competencia

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Resolución nº 548/02, de Julio 4, 2003, de Tribunal de Defensa de la Competencia

RESOLUCIÓN (Expte. 548/02, Eurohogar Sarmiento)

Pleno

Excmos. Sres.:

Solana González, Presidente

Huerta Trolèz, Vicepresidente

Castañeda Boniche, Vocal

Pascual y Vicente, Vocal

Comenge Puig, Vocal

Martínez Arévalo, Vocal

Franch Menéu, Vocal

Muriel Alonso, Vocal

Del Cacho Frago, Vocal

En Madrid, a 4 de julio de 2003.

El Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia (en adelante, el Tribunal, TDC), con la composición expresada al margen y siendo Ponente el Vocal D. José Juan Franch Menéu, ha dictado la siguiente Resolución en el expediente 548/02 (2181/00 del Servicio de Defensa de la Competencia, el Servicio, SDC), que tuvo su origen en la denuncia que la Asociación Española de Altos Estudios Inmobiliarios y Financieros (A.E.A.E.I.F., en adelante) formuló contra el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de León por conductas supuestamente prohibidas por el artículo 7 de la Ley 16/1989, del 7 de julio, de Defensa de la Competencia, consistentes en la realización de una campaña de desprestigio contra sus competidores, mediante la publicación de un anuncio en el periódico "El Mundo. La Crónica de León" referido a la exclusividad de los APIs en la intermediación inmobiliaria y en detrimento de los demás agentes inmobiliarios no APIs.

ANTECEDENTES DE HECHO

1. Con fecha 26 de Junio de 2000 D...

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