Resolución nº 603/05, de Octubre 18, 2006, de Tribunal de Defensa de la Competencia

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Resolución nº 603/05, de Octubre 18, 2006, de Tribunal de Defensa de la Competencia

RESOLUCIÓN (Expte. 603/05, Procuradores Ponteareas)

Pleno:

Excmo. Srs.:

D. Luís Berenguer Fuster, Presidente

D. Antonio del Cacho Frago, Vicepresidente

D. Francisco Javier Huerta Trolèz, Vocal

D. Fernando Torremocha y García-Sáenz, Vocal

D. Emilio Conde Fernández-Oliva, Vocal

D. Miguel Cuerdo Mir, Vocal

Dª. Pilar Sánchez Núñez, Vocal

D. Julio Costas Comesaña, Vocal

Dª María Jesús González López, Vocal

         En Madrid a, 18 de octubre de 2006

         El Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia (en adelante, el Tribunal), con la composición arriba expresada y siendo ponente el vocal D. Julio Costas Comesaña, ha dictado la presente Resolución en el expediente sancionador nº 603/05 (Expte. 2574/04 del Servicio de Defensa de la Competencia; en adelante, el Servicio), incoado a instancia de la sociedad “EQUIPO INTEGRAL DE ASESORÍA, S. COOP. GALLEGA” contra los seis procuradores de tribunales habilitados para prestar sus servicios de procura en el partido judicial de Ponteareas (Pontevedra), y en el que se les imputa la realización de una conducta restrictiva de fijación de precios prohibida por el art. 1.1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia (en adelante, LDC), consistente en la suscripción de un acuerdo para no aplicar el art. 2 del RD 1373/2003, de 7 de noviembre, que aprueba el arancel de derechos de los procuradores de tribunales, que permite pactar con el cliente incrementos o descuentos sobre el arancel de hasta un 12%.

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- El 18 de noviembre de 2004 tuvo entrada en el Servicio la denuncia formulada por D. J. C. P. G., en nombre y representación de la sociedad “Equipo Integral de Asesoría, S. Coop. Gallega”, contra los procuradores de tribunales Dª. N. F. S...

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