Resolución nº 00/08371/1998 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 22 de Febrero de 2002

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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. DETERMINACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA. DEDUCCIONES POR DOBLE IMPOSICIÓN INTERNA. (02-07-04)

Los dividendos distribuidos con cargo a reservas de la sociedad participada y contabilizados como menor coste de la cartera, sin pasar por la Cuenta de Resultados, por lo que no se computan como ingresos en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, no dan derecho a la deducción por doble imposición de los dividendos.

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Extracto


Resolución nº 00/08371/1998 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 22 de Febrero de 2002

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-En fecha 30 de junio de 1998, la Dependencia Regional de Inspección de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en , incoó a la interesada acta de disconformidad, modelo A02 n° , por el Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 1995, en la que se hizo constar, en síntesis, lo siguiente: Que por tratarse de una actuación abreviada no se han examinado en su totalidad ni la contabilidad ni los registros obligatorios a efectos fiscales, sino únicamente aquellas anotaciones contables referidas a la adquisición de acciones de G, S.A. Que el sujeto pasivo pre...

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