Resolución nº 00/3478/2001 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 30 de Abril de 2004

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Resumen


Se desestima la solicitud de devolución de ingresos indebidos (I.R.N.R.) al haberse deducido fuera del plazo establecido, ya que el plazo para solicitar la devolución es el de dos años desde que se produjo el ingreso o la retención.

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Extracto


Resolución nº 00/3478/2001 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 30 de Abril de 2004

RESOLUCIÓN:

En la Villa de Madrid, a 30 de abril de 2004 en la reclamación económico-administrativa que pende ante este Tribunal Central promovido por D.ª ... en nombre y representación de ..., P. L. C., con domicilio, a efecto de notificaciones en ..., ...

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