Resolución nº 00/488/1996 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 30 de Abril de 1999

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Abogados Fiscal

Resumen


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS

No cabe aplicar la deducción por doble imposición de dividendos en el socio, al tratarse de una sociedad en régimen de transparencia fiscal con base imponible negativa y que, consecuentemente, no distribuyó rendimiento alguno a los participes.

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Extracto


Resolución nº 00/488/1996 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 30 de Abril de 1999

RESOLUCIÓN:

ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO. - El recurrente presentó declaración liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el ejercicio 1990, con una base imponible de 27.950.559 pta. cuota íntegra de 14.378.472 pta, y una deducción por dividendos percib...

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