Resolución nº 00/207/1997 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 22 de Octubre de 1999

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Resumen


IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Son compatibles los Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Operaciones Societarias) y el IVA a propósito de la entrega o aportación de bienes de la Sociedad a sus socios, con motivo de la liquidación.

Los Tribunales Económico-Administrativos tienen la consideración de órganos jurisdiccionales y están legitimados para plantear ante el Tribunal de Luxemburgo cuestiones prejudiciales, pero tal opción solo ha de tenerse en cuenta cuando consideren la existencia de co9ntreadicción entre el Derecho interno y las normas comunitarias.

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Extracto


Resolución nº 00/207/1997 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 22 de Octubre de 1999

RESOLUCIÓN:

FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Las cuestiones a dilucidar en el presente expediente y sobre las que se ha de pronunciar este Tribunal Central consisten en determinar 1º) Si, procede o no plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo y 2º) En su caso, si resulta o no procedente la tributación por el impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones a que se refiere el expediente, consistentes en la liquidación y adjudicación a los socios de determinados bienes por parte de la sociedad liquidada.SEGUNDO - Para resolver l...

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