Resolución nº 00/7895/2008 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 24 de Diciembre de 2010
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Resumen
Imposibilidad de que una entidad tenga a la vez la condición de establecida y de no establecida en el Territorio de Aplicación del Impuesto durante el mismo período de declaración.
Si una entidad tiene un Establecimiento permanente en el Territorio de Aplicación del Impuesto (IVA) en el período a que se refiere una solicitud devolución (modelo 361), y desde dicho Establecimiento Permanente realiza operaciones por las que adquiere la condición de sujeto pasivo en el mismo período, incumple los requisitos exigidos en el artículo 119 LIVA, sin perjuicio del derecho a deducir dichas cuotas conforme a lo dispuesto en el artículo 99. La solicitud modelo 361 debe referirse a las cuotas soportadas por el empresario o profesional durante todo el período a que se refiere, no siendo posible diferenciar, dentro del mismo, las cuotas soportadas hasta una determinada fecha bajo la condición de no establecido, y las cuotas soportadas a partir de una determinada fecha bajo la condición de establecido. Referencias Normativas. Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA. Art. 99, 115 y 119.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Resolución nº 00/7895/2008 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 24 de Diciembre de 2010
RESOLUCIÓN:
En la Villa de Madrid, en la fecha indicada (14/12/2010), en la reclamación económico-administrativa que, en única instancia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 229.1.a) de la Ley 58/2003, General Tributaria, pende de resolución ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, interpuesta por X ... y actuando en su nombre y representación D. ... con domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra la resolución desfavorable del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de denegación de la solicitud de devolución de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, de fecha 10 de septiembre de 2008, dictado por la Oficina Nacional de Gestión Tributaria IVA No Establecidos, y referido al Impuesto sobre el Valor Añadido ejercicio 2005 (cuarto período), por importe de 369.182,719 euros de solicitud de devolución.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO: Con fecha 27 de enero de 2006, la entidad X presenta ante la Delegación Especial de ... - Sección de Regímenes Especiales, solicitud de devolución de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto (modelo 361), correspondiente al cuarto período del ejercicio 2005, por importe de 369.182,72 euros de devolución.La Oficina Nacional de Gestión Tributaria-IVA No Establecidos dicta con fecha 19 de marzo de 2008, acuerdo por el que deniega la solicitud de devolución de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto. Los fundamentos jurídicos contenidos en dicho acuerdo son, en s&ia...Ver el contenido completo de este documento
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