Resolución nº 00/1262/2007 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 24 de Octubre de 2007
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
La Ponencia de valores se ajusta al Plan General, sin que sea obstáculo que el mismo no se haya desarrollado, bastando que esté aprobado y vigente, pues los Planes Generales se realizan para que se desarrollen, por etapas, durante los años siguientes hasta la aprobación de otro nuevo. La Ponencia no estaba obligada, como se alega, a definir varias áreas económicas homogéneas en lugar de una sola, pues la asignación de los módulos MBR no se realiza por cada Gerencia del Catastro sino por la Comisión Superior de Coordinación, que tiene encomendada la coordinación de valores catastrales a nivel nacional y dicha asignación es un acto distinto y anterior, que se realiza en base a diversos indicativos de la actividad inmobiliaria de los municipios. Los Estudios de Mercado no forman parte integrante de las Ponencias de valores, tratándose de actos previos, preparatorios y anteriores a la redacción de las mismas, cuya finalidad es la de orientar, guiar o encaminar a los redactores de las Ponencias para realizarlas de forma tal que los valores catastrales resultantes de su aplicación estén en relación con los valores de mercado, sin sobrepasarlos, conforme exige el artículo 23.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (Real Decreto Legislativo 1/2004). La elección del porcentaje para fijar los valores de repercusión del suelo dentro de la banda del 10 y el 300% no es al libre albedrío de la Gerencia del Catastro, sino que se realiza después de las aproximaciones sucesivas que sean necesarias, actuación que no se refleja en las Ponencias de valores. Con ocasión de la impugnación de la Ponencia no cabe entrar a conocer de una finca concreta y si los sujetos pasivos consideran que los valores catastrales resultantes de la aplicación de la Ponencia superan al valor de mercado, podrán interponer los recursos y reclamaciones que consideren oportuno cuando se les notifiquen individualmente.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Resolución nº 00/1262/2007 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 24 de Octubre de 2007
RESOLUCIÓN:
En la Villa de Madrid, a 24 de octubre de 2007, en las reclamaciones económico-administrativas acumuladas que, en única instancia, penden de resolución en este Tribunal Central, interpuestas por Dª. ... y D. ..., con domicilio a efectos de notificaciones en ..., respectivamente, contra resolución del Director General del Catastro de ... de 2006, por la que se aprobó la Ponencia de valores totales de los bienes inmuebles urbanos del término municipal de ..., a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En el ...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
ANUNCI pel qual es fa pública la rectificació de l'adjudicació en l'anunci publicat al DOGC núm. 4691, pàg. 34559, de 4.8.2006. | triunfo de vinokourov antes de la etapa reina | sentencia de tsj galicia a coruña sala de lo contencioso september 24 1998 | Sentencia de TSJ Andalucía (Málaga), Sala de lo Social, December 22, 1998 | acórdão nº hc 135607 / go de superior tribunal de justiça, quinta turma, may 31, 2011 | Acórdão nº AgRg no REsp 965946 / RS de Superior Tribunal de Justiça, Primeira Turma, June 28, ... | Acórdão nº 0031978-29.2010.4.01.9199 de Tribunal Regional Federal da 1a Região Primeira Turma September 08 2010 | Decisão Monocrática nº 70044078186 de Tribunal de Justiça do RS Décima Quarta Câmara Cível August 09 2011