Resolución nº 00/4625/2004 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 27 de Julio de 2006

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Resumen


Las subvenciones percibidas de la Unión Europea como consecuencia de que la entidad se compromete a desarrollar un proyecto informático se imputan temporalmente según el acuerdo o resolución por el que se reconoce la obligación de hacer frente al pago de la misma, según contrato incorporado al expediente, por lo que no cabe imputar proporcionalmente los ingresos (subvenciones) de cada ejercicio, aplicando una regla de proporcionalidad no contemplada en la normativa fiscal o contable. Los gastos incurridos en el proyecto plurianual debieron contabilizarse como existencias finales, ya que se trata de un proyecto en curso de elaboración, que sólo alcanza la categoría de producto terminado cuando transcurre el lapso temporal contratado.

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Extracto


Resolución nº 00/4625/2004 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 27 de Julio de 2006

En la Villa de Madrid, a 27 de julio de 2006 en el recurso de alzada ordinario que pende ante este Tribunal Central, en Sala, interpuesto por el contribuyente ..., S.A., con NIF: ... y domicilio en ..., contra la resolución del TEAR de ... de 31 de mayo de 2004 en la que se resuelve de forma parcialmente estimatoria la reclamación interpuesta contra acto administrativo de liquidación dictado por la Inspección Regional de ... de la AEAT el día 25 de septiembre de 2002 en relación con el Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios 1998, 1999 y 2000, por importe de 1.622.379,92 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Los órganos de la Inspección Regional de ... iniciaron el 4 de octubre de 2001 frente a la entidad recurrente actuaciones de comprobación e investigación, en relación, entre otros conceptos, con el Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 1998, 1999 y 2000.

Como resultado de dichas actuaciones, el 24 de junio de 2002 se incoa acta de disconformidad, por los ejercicios mencionados anteriormente, por un importe total de 1.630.308,10 Eu., compuesta de cuota, 1.453.227,74 Eu., e intereses de demora, 177.080,36 Eu.. La propuesta de liquidación contenida en la mencionada acta fue estimada parcialmente en el acto administrativo de liquidación dictado ...

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