Resolución nº 00/896/2006 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 13 de Septiembre de 2006

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Resumen


Se rechaza que la información contenida en la notificación y en la hoja de valoración del expediente de gestión, sea insuficiente para conocer cómo se ha llegado al valor catastral notificado, pues los criterios de valoración tenidos en cuenta, los valores unitarios aplicados, los básicos en que se apoyan y los coeficientes correctores utilizados, pudieron ser conocidos y recurridos con ocasión de la exposición pública de la Ponencia de Valores de la que se obtienen los valores catastrales de los inmuebles. También se rechaza que el valor catastral notificado supere al valor de mercado y al precio que consta en la escritura de compra de la finca. El informe de valoración que se aporta es realizado por un tasador que no indica poseer la titulación necesaria para ello (Arquitecto, Arquitecto Técnico o Agente de la Propiedad Inmobiliaria) y que no está el visado por el Colegio Profesional correspondiente, por lo que carece de validez jurídica para desvirtuar la valoración catastral. El precio que figura en la escritura de compra de la finca no puede tomarse en consideración pues los precios de las escrituras no constituyen prueba suficiente de que se ajusten al valor de mercado. Finalmente no procede modificar la superficie asignada a la finca por el Catastro, ante la alegación de la existencia de un error en la superficie, ya que dicha superficie está obtenida de la medición por medios fotogramétricos de fotografías aéreas restituidas estereoscópicamente, sin que se haya aportado medición topográfica alguna que pruebe lo contrario.

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Extracto


Resolución nº 00/896/2006 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 13 de Septiembre de 2006

RESOLUCIÓN:

En la Villa de Madrid, a 13 de septiembre de 2006 en la reclamación económico-administrativa, en única instancia, que pende de resolución en este Tribunal Central, interpuesta por Don ..., en nombre y representación, como Consejero Delegado, de la Sociedad ..., S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra valor catastral para 2006 de 1.829.100,00 euros, a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

ANTECEDENTES DE HECHO

úNICO.- En fecha 3 de o...

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