Resolución nº 00/06005/2000 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 18 de Julio de 2003
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Resumen
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. VALORACIÓN E IMPUTACIÓN. IMPUTACIÓN TEMPORAL. (02-02-04) IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. GASTOS. PROVISIÓN POR INSOLVENCIAS. (02-05-07) Es correcta la disminución de la provisión para insolvencias practicada por la Inspección, aunque se trate de la insolvencia de una entidad vinculada, ya que el ejercicio a tenerlo en cuenta es aquel en que se declara la insolvencia por el órgano judicial y no los posteriores, puesto que los gastos para ser deducibles de los ingresos, además de ser necesarios, han de estar imputados al ejercicio correcto, eslar contabilizados como tales y justificados de tal forma que se acredite la realidad de los mismos. En la Villa de Madrid, a 18 de julio de 2003 en el Recurso de Alzada que pende de resolución ante esle Tribunal Económico-Administrativo Central, interpuesto por D. A, en nombre y representación de X, S.A., C.I.K ..., y con domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha ..., en expediente número .... correspondiente al impuesto sobre Sociedades, ejercicios 1994 y 1995, por importe de 62.282,51 - (10.362.937 ptas.) y 6.302,9 - (1.048.715 pías.) respectivamente.
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Extracto
Resolución nº 00/06005/2000 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 18 de Julio de 2003
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Con fecha 25 de febrero de 1997, la Dependencia de Inspección de la Delegación de ... de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, incoó a la Entidad, acta de disconformidad A02 números 61164802 y 61165843 por el concepto y períodos de referencia. En relación al acta incoada correspondiente al EJERCICIO 1994, el Inspector actuario manifestó en síntesis lo siguiente: I.° Que respecto a la situación de la contabilidad y registros obligatorios a electos fiscales, lleva los libros registros obligatorios. II.' De las actuaciones practicadas y demás anlecedenles resulla que: ).') El sujeto pasivo había presentado declaración-liquidador!...
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