Resolución nº 00/03755/1999 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 19 de Julio de 2002

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Resumen


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. SUJETO PASIVO. OTROS SUBGRUPO 12. (01-02-10)

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. VALORACIÓN E IMPUTACIÓN. OTROS SUBGRUPO 13. (01-03-10)

La 'herencia de confianza' se considera como un supuesto de atribución de rentas según lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley 44/1978 y 33 de la LGT. Por ello, el heredero de confianza, que tiene la consideración de heredero mientras no revele la misma, debe tributar en la parte que le corresponda por los rendimientos obtenidos por la herencia de confianza.

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Extracto


Resolución nº 00/03755/1999 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 19 de Julio de 2002

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: La Inspección de los Tributos de la Delegación en ... de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con fecha 9 de septiembre de 1994 formalizó al citado contribuyente, ya fallecido, acta modelo A02, firmada en disconformidad con el número 159661-3 en relación con el concepto impositivo y ejercicio citado; en ella se hacía constar que el contribuyente es heredero de confianza, junto a otras dos personas, de Don ... que la Herencia de Confianza -institución del Derecho Catalán- carece de personalidad jurídica y encuentra su ubicación fiscal en el artículo 33 de la Ley Gen...

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