Dictamen de Consejo de Estado nº 1289/1999 de 20 de Mayo de 1999

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Solicitud indemnización formulada por la Junta de Castilla y León con motivo del incendio forestal acaecido en el Campo de Tiro "EL TELENO".

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Dictamen de Consejo de Estado nº 1289/1999 de 20 de Mayo de 1999

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día 20 de mayo de 1999, emitió, por unanimidad, el siguiente dictamen:

"En cumplimiento de la Orden de V.E. de fecha 13 de abril de 1999, el Consejo de Estado ha examinado el expediente incoado de oficio para indemnizar los daños y perjuicios causados a la Entidad Local Menor de Tabuyo del Monte y a otros, a consecuencia del incendio que tuvo lugar en el Campo de Tiro de la Sierra del Teleno.

De antecedentes resulta:

Primero.- El 23 de octubre de 1998 se acordó de oficio la incoación de un expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración para la indemnización de los daños causados a consecuencia del incendio que tuvo lugar los días 13 y 14 de septiembre de 1998 en el Campo de Tiro de la Sierra del Teleno, en la provincia de León.

Segundo.- Se ha incorporado al expediente (documentos números 537 a 546) un informe emitido por el Comandante de Infantería ...... , Jefe Interino del Batallón de Infantería "Toledo", el 18 de septiembre de 1998, en el que se relatan los hechos que pudieron dar lugar al incendio forestal.

En él se afirma que el día 13 de septiembre de 1998, a las 9:20 horas, una granada de mortero produjo un fuego de dimensiones reducidas dentro de la zona de caída de proyectiles. No se llevaron a cabo tareas de extinción de este fuego, por encontrarse situado dentro de la zona de caída de proyectiles, de prohibido acceso.

Tras finalizar la práctica de tiro con morteros, a las 11:40 horas del mismo día, y mientras el fuego causado por aquélla avanzaba lentamente, se dio comienzo a un nuevo ejercicio de tiro con misiles contracarro tipo "Milán" en otro paraje diferente de la zona de blancos. Este ejercicio produjo un segundo fuego en los alrededores del blanco central, que se expandió lentamente por la zona de blancos. Tampoco se realizaron labores de extinción de este fuego, que comenzó a extenderse lentamente, por estar situado dentro de la zona de blancos.

El informante afirma que "siempre que esta Unidad ha realizado algún tipo de ejercicio de tiro con armas colectivas, se producen fuegos, de distinta magnitud, dentro de la zona de caída".

A las 12:00 horas se suspendieron todos los ejercicios de tiro.

Entre las 12:45 horas y las 13:00 horas, el fuego, impulsado por el viento, atravesó el cortafuegos de la zona de caída de proyectiles, y se extendió fuera de ésta. En este momento no resultaba ya posible intervenir para apagar el incendio "por falta de medios adecuados y por las grandes dimensiones de las llamas". Sólo se disponía para ello de picos y palas.

El informante manifiesta en su escrito la posibilidad de que la propagación del fuego fuera intencionadamente facilitada por terceras personas. Se han encontrado en la zona incendiada cinco latas de las utilizadas normalmente para aceites de motor y restos de neumáticos. El piloto de un helicóptero afirmó al parecer en un principio que "existían focos de fuego extrañamente alejados de las lenguas principales", aunque posteriormente se desdijo.

La unidad estuvo desplegada desde las 11:00 horas del día 14 de septiembre hasta las 15:30 horas del día 15 del mismo mes en la zona afectada por las llamas, realizando misiones de vigilancia de zonas quemadas.

Tercero.- Se incorporó al expediente el informe pericial emitido por el Servicio de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León.

En este informe se exponía que el incendio afectó a las siguientes superficies, todas ellas propiedad de las Entidades Locales Menores de Tabuyo del Monte, Nogarejas, Torneros de Jamuz, y Castrocontrigo:

Cuadro I

Propietario Monte Superf. Afectada Tabuyo del Monte 24 UP "El Pinar de Tabuyo" 1.439,70 Has.

24 bis UP "Monte Arriba" 228 Has. Nogarejas ...

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