SJS nº 1 37/2018, 7 de Febrero de 2018, de Cáceres

PonenteMARIANO MECERREYES JIMENEZ
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2018
ECLIES:JSO:2018:1480
Número de Recurso451/2017

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

CACERES

SENTENCIA: 00037/2018

Juzgado de lo Social nº 1

Cáceres

SENTENCIA Nº 37 / 2018.

En la ciudad de Cáceres a 7 de febrero de 2018

SU SEÑORÍA ILUSTRÍSIMA DON MARIANO MECERREYES JIMÉNEZ, Magistrado del Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres, ha visto y oído los autos registrados con el número 451 / 2017 y que se siguen sobre PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, en los cuales figuran como partes de un lado como demandante Marcos y de otra como demandados EL INSS y la TGSS, los cuales comparecen asistidos de los abogados Sra. Casares Iribarne y Sra. Villanueva Fabo, respectivamente.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO: Con fecha 13 de noviembre de 2017 se presentó demanda por el arriba citado, en la cual tras referir los hechos que constan, terminaba interesando que se dictara sentencia con arreglo al suplico que incorpora. Esta, luego de evacuarse el trámite legal que consta documentado en los autos, dio lugar al señalamiento para la vista del juicio el cual tuvo lugar el día 7 de febrero de 2018. Tras actuarse lo oportuno las partes hicieron las alegaciones pertinentes de suerte que luego de practicada la prueba admitida consistente en: la documental y pericial y de formuladas las respectivas conclusiones, así como de evacuada la pericial médico forense acordada como diligencia final quedaron los autos vistos para dictar sentencia en el día de la fecha.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO: El demandante en el presente procedimiento, Marcos , y de profesión peón agrícola interesó del INSS la declaración de invalidez el 4 de mayo de 2017. Incoado el pertinente expediente, se emitió el informe médico de síntesis, denegándose la prestación por no estar el obrero en alta o situación asimilada al alta.

SEGUNDO: El demandante formula la pertinente reclamación previa, la cual fue rechazada por el INSS, agotándose correctamente la vía administrativa.

TERCERO: El demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual: afección lumbar por patología de disco con compromiso de canal intervenido mediante artrodesis L2-L5 que limita carga de pesos, posturas forzadas y mantenimiento de postura.

CUARTO: La base reguladora originaria aceptada por las partes es de 645, 42 euros.

QUINTO: El actor causó baja en el RETA el 31 de marzo de 2012 para poder cuidar de sus padres. El padre, enfermo de EPOC, necesitaba asistencia continua, dependiendo del oxígeno domiciliario y de los medicamentos prescritos, así como de los cuidados que no podía darse a sí mismo y de los que se ocupaba su hijo. Falleció el 25 de febrero de 2014. La madre del actor, enferma de Alzheimer, tuvo que ser ingresada en un centro de la localidad de Getafe el día 21 de abril de 2014 para poder ser atendida con plena dedicación. Por su propia dolencia de espalda, consistente en cuatro hernias discales, el actor tuvo que ser intervenido quirúrgicamente, también del ligamento interespinoso. A tal fin, fin firmó el consentimiento informado previo el día 6 de noviembre de 2014, practicándose la intervención el 29 de enero de 2015.

SEXTO: El actor omitió inscribirse como demandante de empleo entre el 6 de noviembre de 2012 y el 24 de noviembre de 2014.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Los hechos declarados probados derivan de la prueba...

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