SJS nº 2 151/1999, 19 de Mayo de 1999, de Salamanca

PonenteJOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
Fecha de Resolución19 de Mayo de 1999
Número de Recurso71/1999

AUTOS N° 71/99

SENTENCIA N° 151/99

En Salamanca, a diecinueve de Mayo de mil novecientos noventa y nueve. Vistos por el Iltmo. D. José Ramón González Clavijo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia, los autos número 71/99, seguidos por RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, a instancia de D. Pedro Miguel , siendo demandada la empresa "PROTECCIÓN Y CUSTODIA S.A. " (PROTECSA).

ANTECEDENTES DE HECHO

S

PRIMERO.- Por el actor se interpuso demanda en la que, tras exponer los hechos y alegar en derecho, solicita se dicte sentencia en la que se condene a la empresa demandada a abonarle la cantidad de 80.293 pts. por los conceptos que en la misma se indican. Acompañando certificación de la conciliación celebrada ante la SMAC.

SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se señaló el acto del juicio para el día 18 de marzo de 1.999, compareciendo el actor representado por la Graduado Social Dª. Mª. Luisa Prieto Fenech, y la demandada representada por D. Juan Martín. Abierto el juicio oral y concedida la palabra a la demandante manifiesta que se afirma y ratifica en su demanda solicitando sentencia condenatoria acorde con su súplica, previo recibimiento del juicio a prueba; concedida la palabra a la demandada manifiesta que se opone por los razonamientos que obran en el acta del juicio, solicitando sentencia desestimatoria y el recibimiento del juicio a prueba. Abierto el período probatorio, se procedió a la práctica, conforme a derecho, de las pruebas propuestas y declaradas pertinentes por S.Sª. Una vez elevadas las conclusiones a definitivas, quedaron los autos vistos para sentencia. Por Providencia de 23 de marzo de 1999 y con suspensión del plazo para dictar sentencia, se llevaron a cabo las diligencias acordadas en la misma, quedando a continuación los autos conclusos para sentencia.

TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO.- D. Pedro Miguel , presta sus servicios para la empresa Protección y Custodia S.A. (PROTECSA) desde el 24-6-86 con categoría de vigilante jurado en el centro de trabajo de Telefónica en el Barrio de Garrido de Salamanca, teniendo reconocidos 90 días naturales de descanso (14 festivos y 76 más) y 31 de vacaciones.

SEGUNDO.- La empresa le computa a efectos de tales días de descanso y vacaciones, un total de 5 horas y 18 minutos por día.

TERC...

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