SJS nº 33 101/2012, 1 de Marzo de 2012, de Barcelona
Ponente | FERNANDO MENDEZ DIESTRO |
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2012 |
Número de Recurso | 664/2011 |
Juzgado Social 33 Barcelona
Rda de Sant Pere, 52, entresol
Procedimiento: Varios Seguridad Social 664/2011
Parte actora: Aurelia
Parte demandada: Instituí Catalá d'Assistencia i servéis sociais (ICASS)
SENTENCIA n° 101
En Barcelona, a uno de marzo de dos mil doce.
Vistos por Fernando Méndez Diestro, Magistrado-Juez en sustitución del Juzgado de lo Social n° Treinta y Tres de Barcelona, el procedimiento seguido en este Juzgado bajo el número anteriormente referenciado, seguidos a instancia de Dª Aurelia contra el INSTITUT CÁTALA D'ASSISTENCIA I SERVÉIS SOCIALS.
PRIMERO.- Por la parte actora se presentó demanda en fecha 18 de julio de 2011, que previo turno de reparto correspondió a este Juzgado, contra la referida parte demandada, en la que tras alegar los hechos y fundamentos legales que estimaba procedentes a su derecho, suplicó se dictase Sentencia de acuerdo a los términos expresados en la misma, reconociendo al actor el grado de minusvalía o disminución superior al 65% con 8 puntos de factores sociales.
SEGUNDO,- Admitida a trámite la demanda se dio traslado a la parte demandada, convocando ajuicio, que se celebró el 27 de febrero de 2012, al que comparecieron las partes y sus defensores y representantes, según consta en el acta extendida, Abierto el juicio, la actora se afirma y ratifica en el contenido de su demanda, oponiéndose la entidad demandada, practicando seguidamente las pruebas propuestas y admitidas, solicitando en conclusiones Sentencia de conformidad a sus pretensiones, quedando los autos a la vista para ser dictada.
TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.
PROBADOS
PRIMERO.- Da Aurelia , nacido el NUM000 de 1974 y DNI número NUM001 solicitó del ICASS la revisión del grado de minusvalía que tenía reconocido hasta la fecha, grado de minusvalía que tenía decretado por resolución del ICASS del 3 de septiembre de 2007, que determinaba una discapacidad del 66% con factores sociales complementarios 4 puntos.
SEGUNDO.- La revisión de grado fue desestimada mediante resolución del ICASS de fecha 24 de marzo de 2011 declarando que no se desprende la existencia de hechos o datos nuevos que desvirtúen las que fundamentaron la resolución de reconocimiento de grado de minusvalía.
TERCERO.- Contra la precitada resolución se presentó reclamación previa en vía administrativa en fecha 5 de mayo de 2011 do la que consta resolución expresa en vía administrativa.
CUARTO.- Las secuelas que presente la demandante, se concretan en las ya consignadas en las resoluciones impugnadas y se concretan en SÍNDROME NEUROPISIQUIATRO CRÓNICO INDUCIDO POR LOS PLAGISCIDADAS ORGANOFOSFORADOS. FATIGA CRÓNICA. FIBROMIALGIA. HIPERSENSIBILIDAD QUÍMICA MÚLTIPLE, y el grado de disminución no se ajusta a lo valorado por la entidad demandada (valoración de la prueba en su...
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