SJCA nº 1 366/2010, 21 de Septiembre de 2010, de Cuenca

PonenteJUAN ALBERTO PRIETO JIMENEZ
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2010
Número de Recurso37/2010

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00366/2010

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1

CUENCA

01610

C/ COLON, 57 - 3ºPLANTA

Número de Identificación Único: 16078 45 3 2010 0100034

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000037 /2010

Sobre ADMINISTRACION LOCAL

De D/ña. Gregorio

Procurador Sr./a. D./Dña. JOSE OLMEDILLA MARTINEZ

Contra D/ña. EXCMO AYUNTAMIENTO DE CUENCA

Procurador Sr./a. D./Dña. MARIA ANGELES HERNANDEZ MARTINEZ

SENTENCIA Nº 366/10

En CUENCA, a veintiuno de Septiembre de dos mil diez

Vistos por el Ilmo. Sr. D. JUAN ALBERTO PRIETO JIMENEZ, Magistrado-Juez de lo Contencioso-Administrativo nº 001 de CUENCA, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 37 /2010 instados por D. Gregorio , representado por el Procurador D. JOSE OLMEDILLA MARTINEZ y defendido por el Letrado D. CARLOS TOBÍAS RODRÍGUEZ siendo demandado EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE CUENCA, representado por la Procuradora Dª MARIA ANGELES HERNANDEZ MARTINEZ y defendido por el Letrado D. LUIS FELIPE VALERO GARCÍA, sobre TRIBUTOS.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La parte actora interpuso ante este Juzgado en fecha 25-1-10, recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Municipal de Cuenca de fecha 15-10-09, sobre liquidación complementaria del IMIVTNU, ejercicio 2005, formalizando demanda en fecha 30-3-10, en la que terminaba suplicando la anulación de la resolución impugnada,

SEGUNDO.- El Letrado del Ayuntamiento, a quien se dio el oportuno traslado, la contestó oponiéndose y tras alegar hechos y fundamentación jurídica aplicable terminó suplicando al Juzgado dicte sentencia por la que se declare ser ajustada a derecho la deuda tributaria reclamada, desestimando la demanda de adverso en todos sus pedimentos. Declare la obligación total del pago de la deuda a fecha de su completo pago sea cual fuere en ese momento la misma.

TERCERO.- Mediante Auto de fecha 17-5-10 se fijó la cuantía del presente recurso como indeterminada.

CUARTO.- Se recibió el recurso a prueba proponiéndose por ambas partes la que consta en autos y que fue practicada con el resultado que igualmente consta en los respectivos ramos que fueron unidos a los autos, y tras evacuar el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y a la vista para dictar sentencia.

QUINTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Es objeto de impugnación en el presente supuesto, la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Cuenca de fecha 15-10-09, por la que se confirma la liquidación complementaria del Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, ejercicio 2005, practicada por el Ayuntamiento de Cuenca por el que se le reclama una deuda tributaria adicional de 18.077,79 euros.

SEGUNDO.- Varios son los motivos de impugnación que articula la parte actora en el presente caso, en primer lugar, la nulidad de pleno derecho de la notificación de la liquidación complementaria llevada a efecto en fecha 23-3- 09, dado que el recurrente no ha realizado ningún hecho imponible durante el ejercicio 2009, alegación que habrá de ser rechazada, por cuanto más allá de los datos consignados en la misma y que critica la parte actora, lo cierto es que tal y como deriva de la documentación obrante en las actuaciones, y...

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