SJCA nº 5 187/2012, 14 de Junio de 2012, de Bilbao

PonenteJUAN GALO CARRASBAL ONIEVA
Fecha de Resolución14 de Junio de 2012
Número de Recurso441/2011

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 5 DE BILBAO (BIZKAIA)(E)KO ADMINISTRAZIOAREKIKO AUZIEN 5 ZK.KO EPAITEGIA

BARROETA ALDAMAR 10-5ªPLANTA - C.P./PK: 48001

Tel.: 94-4016706

Fax: 94-4016987

N.I.G. P.V. / IZO EAE : 48.04.3-11/002728

N.I.G. CGPJ / IZO BJKN : 48.020.45.3-2011/0002728

Proced.abreviado / Prozedura laburtua 441/2011 - M

Demandante / Demandatzailea : Millán

Representante / Ordezkaria : GIOVANNA MIREN PEIRANO AZPIOLEA

Administración demandada / Administrazio demandatua : DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GOBIERNO VASCO

Representante / Ordezkaria :

ACTUACION RECURRIDA / ERREKURRITUTAKO JARDUNA :

RESOLUCION DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2011 DEL DELEGADO TERRITORIAL DE VIVIENDA EN BIZKAIA QUE DESESTIMA EL RECURSO PLANTEADO FRENTE A LA RESOLUCION POR LA QUE SE REVOCA EL DERECHO A LA RENTA BASICA DE EMANCIPACION DE LOS JOVENES AL RECURRENTE

S E N T E N C I A Nº 187/2012

En BILBAO (BIZKAIA), a catorce de junio de dos mil doce.

Vistos por mí, Ilmo. Sr. D. Juan Galo Carrasbal Onieva, magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de los de Bilbao, los presentes autos de procedimiento abreviado registrados con el número 441/2011 (N.I.G. 48.04.3-11/002728), dimanantes de un recurso contencioso-administrativo en el que figura como parte recurrente don Millán , representado y defendido por la letrada doña Giovanna Miren Peirano Azpiolea y, como recurrida el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco, representado y defendido por la letrada de sus servicios jurídicos doña Marisa Etxebarria.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando se dicte una sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las correspondientes declaraciones en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO.- Admitida a trámite, se dio traslado de la misma a la Administración demandada, convocando a las partes a una vista, que se celebró el pasado día seisde junio de 2011, en la que la referida Administración impugnó la demanda. No habiéndose propuesto prueba quedaron los autos conclusos para sentencia; la Sra. Secretaria extendió un acta que está unida a las actuaciones y en aras de la brevedad se da aquí por reproducida.

TERCERO.- En la substanciación de las presentes actuaciones se han observado los preceptos y prescripciones legales. La cuantía del procedimiento es indeterminada, pero en todo caso inferior a 30.000 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la resolución de 14 de septiembre de 2011, del Delegado Territorial de Vivienda en Bizkaia, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por don Millán contra la resolución del mismo Delegado que acordaba la revocación del derecho a la Renta Básica de Emancipación del interesado durante el periodo comprendido desde el 1 de agosto de 2008...

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