SJCA nº 6 112/2013, 30 de Julio de 2013, de Bilbao

PonenteANA MARIA MARTINEZ NAVAS
Fecha de Resolución30 de Julio de 2013
Número de Recurso77/2013

S E N T E N C I A Nº 112/2013

En BILBAO (BIZKAIA), a treinta de julio de dos mil trece.

La Sra. Dña. ANA MARIA MARTINEZ NAVAS, MAGISTRADA del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de BILBAO (BIZKAIA) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso contencioso-administrativo registrado con el número 77/2013 y seguido por el procedimiento abreviado, en el que se impugna la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de fecha 16 de noviembre de 2012, de finalización de nombramiento de la demandante.

Han sido partes en dicho recurso como recurrente Dª. Marina , quien compareció representada y asistida por el Letrado D. JAVIER CORCHON BARRIENTOS y como Administración demandada OSAKIDETZA - SERVICIO VASCO DE SALUD, representado por el Procurador D. GERMAN ORS SIMON y dirigido por la Letrada Dª. MAITE SOPE ANDRES ALVAREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en este Juzgado escrito de demanda presentado por el letrado D. Javier Corchon Barrientos, en nombre y representación de Dª. Marina , interponiendo recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo arriba referenciado, quedando registrado dicho recurso bajo el núm. 77/2013.

SEGUNDO

En el escrito de demanda en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó se dicte resolución por la que declare la desestimación por silencio administrativo no ajustada a derecho, así como el acuerdo del que deriva, con las demás consecuencias que en derecho procedan, incluido el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la actora, que habrán de ser determinados en ejecución de Sentencia.

TERCERO

Por resolución de fecha 19 de abril de 2013 se admitió a trámite la demanda, convocándose a las partes a la vista para el día 16 de julio de 2013, previa reclamación del correspondiente expediente administrativo.

CUARTO

El día señalado tuvo lugar el juicio con el resultado que obra incorporado a las actuaciones, quedando las mismas conclusas para Sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Es objeto del presente proceso la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 16 noviembre 2012 por la que se da por finalizado el nombramiento como personal estatutario eventual de la actora.

La misma ha prestado servicios en Osakidetza desde el 1 de agosto de 1994 y de forma ininterrumpida desde el año 2004.

El último de los nombramientos, según lo que indica la propia actora, es de fecha 2 octubre 2007 y lo fue como personal eventual con funciones de Auxiliar Administrativo y destino en la organización de servicios Comarca Uribe.

Consta como documento número uno de los adjuntos con la demanda, la prórroga a partir del día 2 octubre 2007 de dicho contrato.

Sostiene la recurrente que desde entonces ha prestado sus servicios en distintos centros de trabajo, con diferentes cometidos entre los que se encontraba sustituir el 40% de la jornada de doña Ariadna , que se encontraba en situación de reducción de jornada por cuidado de menores.

El 8 noviembre 2012 se le comunicó la finalización del nombramiento de 2 febrero 2010 como fecha de efectos uno de octubre del 2012.

La demandante sostiene que no existió ningún nombramiento en fecha 2 febrero 2010. Prueba de ello es la aportación de la vida laboral (documentos número tres de los adjuntos con la demanda) en la que se puede apreciar que no existe ningún alta en las fechas cercanas al 2 febrero 2010, por lo que la Administración puso fin a un...

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