SJMer nº 1 4/2007, 19 de Enero de 2007, de Oviedo

PonenteMARIA DEL CARMEN MARQUEZ JIMENEZ
Fecha de Resolución19 de Enero de 2007
Número de Recurso210/2006

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00004/2007

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1

OVIEDO

LLAMAQUIQUE S/N

77050

N.I.G.: 33044 1 0101194 /2006

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 210 /2006

Sobre OTRAS MATERIAS CONCURSALES

De D/ña. ADMINISTRACION CONCURSAL DE INSERSA XXI,S.A

Procurador/a Sr/a. PILAR MONTERO ORDOÑEZ

Contra D/ña. Alexander Y MENDIVIL,S.L

Procurador/a Sr/a. DOLORES LÓPEZ ALBERDI, DOLORES LÓPEZ ALBERDI

S E N T E N C I A Nº 4

En Oviedo, a 19 de enero de 2007.

La Sra. Dª CARMEN MÁRQUEZ JIMÉNEZ, Juez sustituta del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Oviedo, habiendo visto los presentes autos de JUICIO ORDINARIO Nº 210/06 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Administración Concursal de INSERSA XXI, S.A. con Procurador Dña. Pilar Montero Ordóñez y Letrado D.Pedro Prendes Carrril, y de otra como demandados D. Alexander y Sánchez y Mendivil S.L. con Procurador Dña. Dolores López Alberdi y Letrado D. Alejo García Sánchez, sobre pago de acciones suscritas

A N T E C E N D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

Que procedente de la Oficina de Reparto se recibió en este Juzgado demanda formulada por el Procurador Dña. Pilar Montero Ordóñez en nombre y representación de Administración Concursal de INSERSA XXI, S.A contra D. Alexander y Sánchez y Mendivil S.L., en la que tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos en que basaba su pretensión, terminaba suplicando se dictara sentencia conforme dejaba interesado en el suplico de la demanda que, en aras a la brevedad se tiene aquí por reproducido.

SEGUNDO

Que admitida a tramite la demanda, se confirió traslado de la misma a la parte demandada, dándole el tramite señalado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, después de tener por parte al actor.

TERCERO

Que contestada la demanda se convoco a las partes a una audiencia previa, en la que las partes tras no ponerse de acuerdo se pronunciaron sobre los documentos aportados por la contraria y fijaron los hechos sobre los que no existía conformidad, dándose por concluida y no siendo necesaria la práctica de pruebas por tratarse de una cuestión jurídica los representantes de las partes llevaron a cabo sus conclusiones.

CUARTO

Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Se opone la representación de los demandados, administrador de la mercantil en concurso INSERSA XXI y la sociedad que representa a la reclamación que hace la administración concursal del desembolso íntegro de las acciones suscritas como ampliación de capital acordada el 28 de diciembre de 2000, que si bien se llevó a cabo formalmente y se llegó a desembolsar el 25% que se impone por ley, no se llegó a ingresar en su totalidad en el activo de la sociedad, por entender que al estar la sociedad incursa en su día en una suspensión de pagos cuyo procedimiento se inició en diciembre de 2003 y posteriormente en el presente proceso concursal, siendo su...

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